23/07/10 | Unos 1.500 empleados de la Administración Pública provincial percibirán sus haberes, a partir del mes de julio, con las modificaciones dispuestas por la Ley Nº 4.541, que sustituyen los artículos de la Ley Nº 1.844 referidos a la reestructuración de la carrera del personal comprendido en esta.
En tal sentido, con la liquidación de los haberes del mes de julio, desde la Secretaría de la Función Pública, se procedió a cargar las modificaciones producto de la nueva Ley Nº 1.844 promulgada el 15 de junio y que contó con el voto unánime de los legisladores y la amplia participación de la UPCN.
Dicha Ley reestructura la carrera del persona que se encontraba en el tope del tramo ejecución o en el tramo supervisión y que no veía mejora en su situación desde hace más de 20 años.
En la oportunidad, se sustituyeron los Artículos 2º, 10º, 11º, 13º, 14º, 15º, 16º, 18º, 19º, 20º, 21º, 22º, 23º, 31º, 33º, 34º y se derogaron los Artículos 12º,25º,26º,27º,28º,29º,30º del Anexo II-Ley L Nº 1.844.
De esta manera, se crearon nuevas categorías para el personal de los distintos agrupamientos, teniendo en cuenta la permanencia que tenían en la categoría de revista para promocionarlos según la cantidad de años requeridos.
En el caso de los administrativos, auxiliares asistenciales y técnicos, pueden promocionar hasta la categoría Nº 18, siendo que antes alcanzaban como máximo la Nº 12.
Para el personal de servicio de apoyo, la modificación indica que pueden llegar hasta la categoría Nº 16, cuando antes llegaban hasta la Nº 10 los de servicios generales y hasta la Nº 11 los de mantenimiento y producción.
En tanto que para los profesionales, se estableció que con títulos terciarios o de pregrado, pueden alcanzar la categoría Nº 18; con título de grado la categoría Nº 21 y con título de posgrado, la categoría Nº 25. Antes de entrar en vigencia la modificatoria de la Ley, podían alcanzar la categoría Nº 16.